COMPRA DE UNA VIVIENDA


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Antes de Tomar la decisión final de la Compra de su vivienda es necesario que contemple los trámites y aspectos legales y aspectos éste tipo de operaciones

La formalización de la compra es el hecho más trascendente a nivel económico en la vida de muchas personas, sobre todo si es la compra de su primera vivienda. Antes de firmar compruebe ciertos puntos importantes

1) Nombre o razón social del promotor, domicilio e inscripción en el Registro Mercantil.

 2) Planos de la vivienda, con su descripción, la superficie útil, medidas de seguridad, zonas comunitarias...

3) Copias de la licencia de construcción y ocupación de las viviendas.

 4) Estatutos de la Comunidad.

 5) Precio Total y Forma de pago.

 6) Si subrogará la hipoteca. Esto significa que si el promotor ha obtenido la financiación para construir la vivienda por medio de un préstamo hipotecario y usted se la compra, deberá dejar claro si usted se convertirá en subrogante, es decir, si en lugar del promotor, será ahora usted el deudor del préstamo.

7) La forma en la que se documentará el contrato.

 8) Cédula de habitabilidad indica si la vivienda es la idónea para el uso que pretende darle.

 9) Recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I) y del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos, para comprobar que ha sido abonado.

10) Documentación registral sobre la finca (registro de la propiedad en dónde se ha inscrito la vivienda o la finca) indica quién es el propietario y si tiene cargas. 

La escritura es el contrato de compraventa formalizado ante notario. Existe el deber legal de que los contratos relativos a los bienes inmuebles consten en escritura pública ya que de la escritura y su inscripción en el Registro de la Propiedad dependerá la puesta en funcionamiento de los mecanismos previstos en nuestra legislación para proteger a las partes. En la escritura consta la capacidad de los contratantes, la descripción física de la finca, el título de adquisición y su inscripción en el Registro de la Propiedad a nombre del vendedor, así como las cargas, la situación arrendaticia, el pago de gastos de comunidad, el precio de la compraventa, la forma de pago y las obligaciones fiscales. El Notario realiza diversas funciones que van, desde juzgar la capacidad de los contratantes, hasta el asesoramiento a las partes y advertencia de las disposiciones legales aplicables, tanto civiles como administrativas y fiscales.

Recuerde: Los contratos inmobiliarios deben otorgarse en escritura pública ante notario, la cual nos dará acceso al Registro de la Propiedad y tendremos las máximas garantías posibles.


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