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La
compra de una vivienda conlleva ciertos gastos que se deben prever:
El
Notario
Registro de la Propiedad
Los Impuestos
La valoración o peritación de la vivienda
La tramitación
Gastos de Alta de Suministros: Gas, Luz, Agua, Teléfono,
Comunidad...
Los honorarios de Notaría y
Registro están regulados por ley. Los Notarios, son los que dan fe pública
de las escrituras de compraventa y del préstamo hipotecario.
El Notario tiene la obligación de comprobar si existen o no diferencias
entre la oferta vinculante y las cláusulas financieras, advirtiendo al
cliente de las posibles diferencias e informarle de su derecho a desistir
del préstamo. Sus honorarios se aplican en función del importe escriturado
del precio de la compraventa, y de la cifra fijada como responsabilidad
hipotecaria en el préstamo. También influye en la determinación del
precio el número de folios de que constan las escrituras y las copias que
se hagan de las mismas.
En cuanto al Registro, por una parte proporciona información sobre la
situación en la que se encuentra la vivienda (propietario, cargas) y por
otra certifica, al registrar la escritura de compraventa, que usted es el
nuevo propietario de la vivienda, haciendo constar las cargas
correspondientes.
Al igual que en los Notarios, los aranceles se liquidan en función del
precio de la compraventa y de la responsabilidad hipotecaria en el préstamo.
Recuerde: El día de la firma de la escritura, usted deberá realizar la
provisión de fondos para liquidar los gastos del Notario y de Registro. No
olvide tener estos gastos en cuenta en el precio de la vivienda.
Si Usted desea Puede CONTACTAR con nosotros, estaremos encantados de poder ayudarle
La
Compra
La
Financiación
La
Fiscalidad
Los
Gastos
El
Inmueble
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